Qué es el ISR retenido y cómo calcularlo en tus impuestos

persona encuentra que es el isr retenido en sus impuestos

El ISR retenido es el Impuesto Sobre la Renta que retiene una persona moral (empresa) a las personas físicas (individuos que realizan una actividad económica). Es una forma de garantizar parte del pago de impuestos de algunos contribuyentes, por eso es muy importante aprender a calcularlo.


Si tienes empleados que cobran un recibo de nómina, o eres una empresa que paga sueldos a profesionales freelance, seguro te has preguntado qué es el ISR retenido, aunque quizá todavía no tienes tan claro qué significa eso y por qué es importante para tus registros fiscales o tu declaración de impuestos.

Antes de continuar, te recomiendo tener algunos documentos a la mano —por ejemplo, recibos de nómina o facturas—, para que ubiques el ISR con facilidad y puedas seguir el paso a paso de cómo calcularlo.

Esto te ayudará a tener más claridad sobre este impuesto la próxima vez que tu representante contable lo mencione, y también al momento de tratar temas fiscales relacionados con tu negocio, actividad profesional o empresarial. ¡Comencemos! 🚀

¿Qué es el ISR retenido?

El ISR retenido es “un impuesto que retiene una persona moral a una persona física que obtiene ingresos por prestar un servicio profesional independiente o por ser un asalariado o recibir ingresos como asimilados”, de acuerdo con la contadora pública Gloria Islas, quien nos asesoró para la realización de este artículo.

Antes de continuar, es importante que tengas claros algunos conceptos para entender mejor qué es el ISR retenido:

  • Retención fiscal: se trata del monto de una percepción que debe ‘retenerse’ a un sujeto como impuesto a pagar por la realización de alguna transacción económica. En otras palabras, es el dinero captado por el SAT por cada ingreso de un contribuyente a través de la empresa que le otorga ese ingreso.
  • Ingreso asalariado/asimilado: el primero quiere decir que está en nómina, mientras el segundo indica que la persona realizó un trabajo eventual para una empresa, por lo que no recibe prestaciones, no pertenece al Seguro Social y no está obligado a emitir una factura por sus ingresos, pero la empresa sí le hace una retención de Impuesto sobre la Renta y le genera un timbre fiscal como comprobante.

¿Quién retiene el ISR?

Las personas morales (empresas) son las que tienen la obligación de retener el ISR. No existe el caso en el que una persona física retenga a otra persona física, o que una persona física retenga a una persona moral.

En ese sentido, el retenedor realiza la retención del impuesto (el ISR) cuando paga el precio del servicio (a la persona física) y lo entera mediante una declaración a la entidad correspondiente, en este caso el SAT.

💡Tip: Te recomiendo leer este artículo en nuestro blog si quieres saber qué es un impuesto y los tipos de impuestos que existen en México.

¿Qué es el ISR a personas físicas?

El ISR a personas físicas se refiere a la carga fiscal que recae sobre cualquier individuo que lleve a cabo actividades por las que genere ingresos, con lo que adquiere ciertos derechos y obligaciones.

“Sin importar la actividad de la persona física, por el hecho de obtener ingresos por algún negocio o actividad, el gobierno cobra este impuesto de ISR. Se grava de acuerdo con el régimen: si eres persona física con actividad empresarial o eres persona moral de cierto régimen, por el hecho de obtener un ingreso tendrás la obligación de pagarlo”, explica la C.P. Gloria Islas.

Algunas personas pueden gravar este impuesto por utilidad y otras por el hecho de emitir una factura; y si eres empleado o trabajas como asimilado, por el hecho de recibir un ingreso se realiza un cálculo sobre este pago y ese el ISR retenido por parte de quien te paga por tus servicios.

💡Tip: si acabas de arrancar en la aventura del emprendimiento, los negocios y los impuestos, quizás sea bueno entender cuál es la diferencia entre persona física y persona moral. Chécalo en nuestro artículo.

¿Qué pasa si tengo ISR retenido?

Recuerda que el ISR retenido es el impuesto que te ‘aplican o retienen’ de tus pagos semanales, quincenales o mensuales como trabajador, y que como persona física independiente o persona moral que paga impuestos, se te retiene al generar ingresos.

Dependiendo el régimen en el que te encuentres como persona física, este ISR retenido puede ser recuperable o acreditable, sólo recuerda que es muy importante que confirmes tu régimen.

Dentro de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), existen varios apartados sobre cómo este impuesto es retenido para las personas físicas. Si perteneces a este grupo y recibes ingresos por tus servicios profesionales o tu empleo, es muy importante que conozcas esta ley.

Por ejemplo, el Artículo 106 de la LISR establece que: “las personas morales que reciban servicios por personas físicas deberán retener el 10% sobre el monto del pago que se les realice y deben proporcionar a los contribuyentes comprobante fiscal y constancia de la retención, dicha retención tendrá como motivo de pago provisional para efectos del cálculo de ISR de la persona física”.

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¿Se puede recuperar el ISR retenido?

Tenemos buenas noticias: ¡sí se puede recuperar el ISR retenido! Recuerda que el ISR e ISR retenido son prácticamente lo mismo: un impuesto que por tener un ingreso es gravado según tu régimen. Si, por ejemplo, eres persona asalariada o percibes un ingreso por asimilado, en tu declaración anual puedes recuperar algo de ese impuesto retenido en tu nómina.

Para hacerlo necesitas presentar tus deducciones personales generadas en el ejercicio inmediato anterior, y es muy importante que en tu declaración anual el resultado esté a favor para que puedas solicitar la devolución ante el SAT.

“En el caso de personas físicas que prestan servicios profesionales independientes, ese impuesto retenido es acreditable a sus pagos provisionales que presentan mes con mes”, detalla la C.P. Gloria Islas.

¿El ISR retenido se devuelve?

Efectivamente, el ISR retenido se devuelve: toda persona física presenta su declaración anual en el siguiente ejercicio (mes de abril) y puede recuperar algo de lo que en el ejercicio inmediato anterior le retuvieron de ISR.

Esto dependerá de su régimen y si estás dentro del nuevo Régimen Simplificado de Confianza (RESICO). “Si eres persona física con actividad empresarial y profesional, y perteneces al RESICO, por pagar un ISR mínimo durante el ejercicio anterior, el SAT no te da una devolución si tienes un resultado a favor en tu declaración anual”, explica la C.P. Gloria Islas.

El RESICO es el nuevo régimen fiscal del SAT que entró en vigor el 01 de enero de 2022 con el objetivo de simplificar el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y hacerlo más sencillo para emprendedores, personas físicas y morales.

Este régimen claramente explica que no acepta deducciones personales (médicas, hospitalarias, etc.), porque bajo este no hay devolución de saldo a favor. Pero si eres persona física bajo el régimen de asalariados o asimilados, sí puedes solicitar la devolución de ese saldo.

Como persona física con actividad empresarial y profesional, si tienes deducciones personales y te da un saldo a favor, puedes solicitar la devolución porque trabajaste para una persona moral y esta te retuvo el ISR por prestarle un servicio.

Toma en cuenta que el ISR retenido no es un saldo a favor, es un impuesto. Dependiendo del régimen en el que te encuentres, podrás solicitar o no su devolución, si es que hay saldo a favor en tu declaración de impuestos.

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¿Qué es el ISR retenido en nómina?

El ISR retenido en nómina es cuando tú como trabajador asalariado percibes un ingreso por parte de un patrón que te contrató y te paga un sueldo bruto, al cual se le aplica el ISR, además de retenciones y subsidios. En tu recibo de nómina encontrarás el desglose de tu pago antes y después de impuestos.

Si eres un adulto responsable, seguramente ya descubriste que crecer significa pagar impuestos. 🙈 Al comenzar tu vida laboral, te habrás percatado de que tus comprobantes de pago tienen un desglose que, además de tus ingresos, incluye varios conceptos como el ISR. ¡Bienvenido al mundo adulto! 👔💼👗

Recuerda que el porcentaje de retención por concepto de ISR no es el mismo para todos, va desde el 1.9% hasta el 35% al mes —se le conoce como provisional—, y se mide de acuerdo con la tabla de límite inferior y superior, incluida en el Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2022.

Esta tabla determina un rango de ganancias y aplica un porcentaje acorde, el cual asciende a la par de los ingresos, es decir: mientras más ganas, más aportas a este impuesto.

¿Cómo identificar el ISR retenido en la declaración anual?

Si llegaste hasta aquí, ya aprendiste los elementos más importantes del ISR retenido y puedes tener más claro si puedes solicitar tu devolución. Ahora identificarlo en tu declaración anual será más sencillo para ti. ¡Sigue leyendo para que sepas cómo hacerlo!

Si eres un trabajador asalariado o asimilado, el patrón presenta tu nómina en el tiempo correspondiente —semanal, quincenal, mensual—y ahí se refleja la cantidad que te está reteniendo por ISR. Esto aparecerá en tu declaración anual: los datos aparecerán pre-llenados y reflejarán cuánto ganaste y cuánto te retuvo tu patrón.

Para las personas físicas con actividad empresarial que prestan un servicio profesional a una persona moral, en la factura que generas se desglosa el ISR retenido. Al hacer tu declaración anual del siguiente ejercicio (que se presenta cada mes de abril), deberás realizar un llenado con el RFC del retenedor (empresa), cuánto te pagó y cuánto te retuvo de ISR.

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¿Cómo sacar el ISR retenido?

Actualmente existen diferentes recursos digitales, como las calculadoras de impuestos, que te permiten hacer el cálculo de manera fácil y rápida. Aquí te mostraremos el paso a paso para calcularlo de forma manual.

  1. Define el año que deseas calcular.
  2. Elige el periodo a calcular de ISR.
  3. Define ingresos o salario percibido durante ese período.
  4. Identifica Cuota fija y Tasa dependiendo ingresos o salario.
  5. Calcula el ISR retenido correspondiente.

Ahora que tienes claro que el ISR retenido es aquél que retiene una persona moral (empresa) a la persona física que obtiene ingresos por la prestación de sus servicios profesionales, ¡es momento de aprender a calcularlo!

1. Define el año que deseas calcular

Revisa la tabla ‘Límite inferior’ y ‘Límite superior’ que publica el SAT en su Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2022, o del año que quieras calcular, pues varían dependiendo las disposiciones fiscales aplicables. Si das clic al enlace, encontrarás todas las tablas disponibles en la parte baja del contenido.

2. Elige el periodo a calcular de ISR

Se refiere al periodo que deseas calcular: anual, mensual, quincenal, decenal, semanal o diario. En este ejemplo calcularemos el impuesto de forma mensual.

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3. Define ingresos o salario percibido durante ese período.

Ubica el sueldo bruto mensual o tu ingreso total dentro de la tabla dentro del rubro ‘Límite inferior’ y ‘Límite superior’. En este caso usaremos como ejemplo un salario de $10,000 MXN: el ‘Límite inferior’ es de $9,614.67 MXN, mientras que el ‘Límite superior’ es de $11,176.62 MXN.

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4. Identifica Cuota fija y Tasa dependiendo ingresos o salario

Ubica en tu tabla la ‘Cuota fija’ y Tasa correspondiente a tu rango de ingreso total, que en este caso es tomando en cuenta un salario de $10,000 MXN: la cuota fija es de $772.10 MXN y la Tasa del 16%.

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5. Calcula el ISR retenido correspondiente

Recuerda que para este ejemplo tomamos en cuenta un ingreso de $10,000 MXN. Sigue los siguientes pasos:

A) Resta el ‘Límite inferior’ al ingreso total; este resultado se conoce como ‘Base’.

B) Ahora aplica a la Base la Tasa del 16% que ya habías identificado por el rango de ingreso, y obtén el Resultado (‘Result’).

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C) Suma el resultado obtenido a la ‘Cuota fija’. El resultado de esa operación es el total que se restará al mes por el salario de $10,000 MXN.

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Esto quiere decir que, tomando en cuenta el ejemplo de $10,000 MXN de ingreso, el total de percepción efectiva sería de $9,166.25 MXN.


¡Échale un vistazo!

¿Cómo cobrar el ISR retenido?

Te recordamos las buenas noticias: si eres persona física puedes solicitar la devolución del saldo a favor derivado del ISR, dependiendo tu régimen (si estás en RESICO, no será posible hacer este trámite).

Este trámite es gratuito y puedes realizarlo de dos maneras:

  1. En línea
  2. Presencial

1. En línea

Realiza tu trámite en el área de Devoluciones y Compensaciones del portal del SAT. Necesitarás tu RFC, contraseña y e.firma (para el uso de la firma electrónica SAT es necesario Internet Explorer 10 o superior).

2. Presencial

El SAT establece que “si eres persona física que se ubica en el supuesto de no estar obligada a darte de alta en el Registro Federal de Contribuyentes y el monto de tu devolución es igual o menor a $10,000.00, acude a cualquier Administración desconcentrada de servicios al contribuyente para que un asesor fiscal te apoye a registrar tu solicitud de devolución”.

Acude a cualquier oficina del SAT o en los Módulos de Servicios Tributarios que prevén ese servicio, con previa cita. Visita este enlace para tramitar tu cita por Internet.

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En conclusión

¡Lo lograste! Después de muchísimo aprendizaje y una explicación profunda de una contadora pública experta, ya sabes qué es el ISR retenido, qué es el ISR retenido en nómina, que sí puedes recuperarlo dependiendo tu régimen como persona física y, sobre todo, ¡ya sabes cómo calcular el ISR retenido si eres un trabajador o tienes empleados en tu empresa!

Y recuerda: siempre es buena idea apoyarte en un contador o especialista fiscal para que aclare todas tus dudas y te ayude a que los impuestos no se vuelvan algo complicado. 😉

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