¿Qué es el ISR retenido, cómo calcularlo y cómo recuperarlo?
El ISR retenido es el Impuesto Sobre la Renta que retiene una empresa a sus colaboradores o trabajadores que le ofrecen sus servicios profesionales. Es una forma de garantizar parte del pago de impuestos de algunos contribuyentes, por eso es muy importante aprender a calcularlo.
Si tienes empleados que cobran un recibo de nómina, o eres una empresa que paga sueldos a profesionales freelance, seguro te has preguntado qué es el ISR retenido. Si todavía no tienes tan claro qué significa y por qué es importante para tus registros fiscales o tu declaración de impuestos, hoy te explicamos todo sobre este tema.
Esto te ayudará a tener más claridad sobre este impuesto la próxima vez que tu representante contable lo mencione, y también al momento de tratar temas fiscales relacionados con tu negocio, actividad profesional o empresarial.
✅ Tip: ten tus recibos de nómina o facturas a la mano para ubicar el ISR y calcularlo con facilidad.
¿Qué es el ISR retenido?
El Impuesto sobre la Renta (ISR) retenido es un monto que un empleador o persona moral retiene del salario del trabajador para entregarla directamente al SAT. De acuerdo con la ley mexicana, a los asalariados, asimilados y personas que prestan un servicio profesional independiente se les descuenta automáticamente una parte de sus ingresos.
Funciona como un adelanto del impuesto que debe pagar la persona que recibe un pago por su trabajo.
Para comprender mejor el tema, es importante que también tengas claros estos conceptos:
- Retención fiscal: es el monto que debe ‘retenerse’ a un sujeto como impuesto a pagar por hacer alguna transacción económica. Es el dinero captado por el SAT por cada ingreso de un contribuyente a través de la empresa que lo otorga.
- Ingreso asalariado: pertenece a alguien que está en la nómina de una empresa.
- Ingreso asimilado: pertenece a una persona que realizó un trabajo eventual para una empresa, por lo que no recibe prestaciones, no pertenece al Seguro Social y no está obligado a emitir una factura por sus ingresos. Sin embargo, la empresa sí le hace una retención de ISR y le genera un timbre fiscal como comprobante.
Sin importar la actividad de la persona física, por el hecho de obtener ingresos por algún negocio o actividad, el gobierno cobra este impuesto de ISR. Se grava de acuerdo con el régimen: si eres persona física con actividad empresarial o eres persona moral de cierto régimen, por el hecho de obtener un ingreso tendrás la obligación de pagarlo”
El ISR retenido aplica principalmente a ingresos como:
- Sueldos y salarios (donde el patrón es el retenedor).
- Honorarios o servicios profesionales independientes.
- Ingresos asimilados a salarios (por trabajos eventuales sin relación laboral formal).
- Ingresos por arrendamiento o el pago de ciertos intereses.
Esta retención debe constar obligatoriamente en el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) respectivo, ya sea el de nómina o el de ingresos.
⚠️ Las personas morales (empresas) son las que tienen la obligación de retener el ISR. No existe el caso en el que una persona física pueda retener a otra persona física, o que una persona física retenga a una persona moral. El retenedor realiza la retención del impuesto (el ISR) cuando paga el precio del servicio (a la persona física) y lo entera mediante una declaración a la entidad correspondiente, en este caso el SAT.
¿Qué es el ISR retenido en nómina?
El ISR retenido en nómina se refiere a cuando tú como trabajador asalariado percibes un ingreso por parte de un patrón que te contrató y te paga un sueldo bruto, al cual se le aplica el ISR, además de retenciones y subsidios. En tu recibo de nómina (emitido como un CFDI de Nómina) encontrarás el desglose de tu pago antes y después de impuestos.
Si has tenido alguna experiencia laboral formal, te habrás percatado de que tus comprobantes de pago tienen un desglose que, además de tus ingresos, incluye varios conceptos como el ISR.
✅ Si acabas de arrancar en la aventura del emprendimiento vendiendo en línea, te recomendamos leer: Impuestos por ventas por internet en México: guía 2025
¿Cómo calcular el ISR retenido y qué porcentaje aplica?
El ISR retenido no es el mismo para todos, va desde el 1,9% hasta el 35% al mes. Se le conoce como provisional y se mide de acuerdo con la tabla de límite inferior y superior, incluida en el Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2025, página 761 del Diario Oficial de la Federación.
Esta tabla determina un rango de ganancias y aplica un porcentaje acorde. Asciende a la par de los ingresos, es decir: mientras más ganas, más aportas a este impuesto.
Actualmente existen diferentes recursos digitales, como las calculadoras de impuestos, que te permiten hacer el cálculo de manera fácil y rápida. Aquí te mostraremos el paso a paso de cómo calcular el ISR retenido de forma manual.
- Define el año que deseas calcular.
- Elige el periodo a calcular de ISR.
- Define ingresos o salario percibido durante ese período.
- Identifica Cuota fija y Tasa dependiendo ingresos o salario.
- Calcula el ISR retenido correspondiente.
Ahora que tienes claro qué es el ISR retenido ¡es momento de aprender a calcularlo!
1. Define el año que deseas calcular
Revisa la tabla “Límite inferior” y “Límite superior” que publica el SAT en su Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2025, o del año que quieras calcular, pues varían dependiendo las disposiciones fiscales aplicables (encuéntralas en las tablas a partir de la página 755).
2. Elige el periodo a calcular de ISR
Se refiere al periodo que deseas calcular: anual, mensual, quincenal, decenal, semanal o diario. En este ejemplo calcularemos el impuesto de forma mensual.

3. Define ingresos o salario percibido durante ese período.
Ubica el sueldo bruto mensual o tu ingreso total dentro de la tabla dentro del rubro “Límite inferior” y “Límite superior”. En este caso usaremos como ejemplo un salario de $10.000 MXN: el “Límite inferior” es de $6.332,06 MXN, mientras que el “Límite superior” es de $11.128,01 MXN.

4. Identifica Cuota fija y Tasa dependiendo ingresos o salario
Ubica en tu tabla la “Cuota fija” y Tasa correspondiente a tu rango de ingreso total, que en este caso es tomando en cuenta un salario de $10.000 MXN: la cuota fija es de $371,83 MXN y la Tasa del 10,88%.

5. Calcula el ISR retenido correspondiente
Recuerda que para este ejemplo tomamos en cuenta un ingreso de $10.000 MXN. Haz esto:
- Resta el “Límite inferior” al ingreso total; este resultado se conoce como “Base”.
- Aplica a la Base la Tasa del 10,88% que identificaste por el rango de ingreso, y obtén el Resultado.
- Suma el resultado a la “Cuota fija”. El resultado es el total que se restará al mes por el salario de $10.000 MXN.
Esto quiere decir que, tomando en cuenta el ejemplo de $10.000 MXN de ingreso, el total de percepción efectiva sería de $9.362,67 MXN.
¿Qué es el ISR retenido no acreditable?
El ISR retenido no acreditable es el impuesto que alguien te retiene y que, por disposición legal, tiene carácter definitivo, por lo que no puedes restarlo (acreditarlo) contra tu propio ISR en pagos provisionales o en la anual.
“No acreditable” significa que ese impuesto ya no lo puedes descontar después en tu declaración anual. Es decir, ya se considera un pago final y no puedes usarlo para reducir otros impuestos. Piensa en él como un pago “cerrado”: ya cumpliste con esa obligación y no puedes volver a moverlo en tus declaraciones.
Cuando recibes dividendos (utilidades) de una empresa, por ejemplo, esta te retiene un porcentaje de ISR adicional, que ya es definitivo. Ese impuesto no lo puedes acreditar ni recuperar después, porque la ley dice que con esa retención queda cubierta tu obligación por ese ingreso.
¿Qué pasa si no te retienen el ISR?
Cuando una empresa o un cliente no realiza correctamente la retención del ISR, pueden presentarse consecuencias tanto para quien paga como para quien recibe el dinero. La retención del ISR no es opcional: es una obligación establecida por el SAT y omitirla puede generar diferencias o sanciones en las declaraciones fiscales.
Si eres trabajador o prestas servicios profesionales
Si no te retienen el ISR, recibirás el pago completo; sin embargo, al presentar tu declaración anual, el SAT puede detectar que no se han registrado retenciones en tus CFDI. Esto significa que podrías tener que pagar el impuesto directamente, perder un posible saldo a favor o incluso recibir una notificación por inconsistencias fiscales.
Además, la falta de retenciones puede afectar tu historial ante el SAT y complicar trámites como la solicitud de créditos, devoluciones de impuestos o la participación en programas de apoyo gubernamental.
Si eres empresa o retenedor
Cuando una persona moral omite retener el ISR correspondiente, el SAT puede exigir el pago del impuesto no retenido, junto con recargos, actualizaciones y multas. También puede perder la deducibilidad del gasto relacionado, ya que el CFDI no reflejaría correctamente la retención aplicada.
¿Cómo identificar el ISR retenido en la declaración anual?
El ISR retenido aparece reflejado en el CFDI (factura electrónica o recibo de nómina) como parte del desglose de impuestos. Este comprobante sirve como constancia de retención ante el SAT.
- Si eres un trabajador asalariado o asimilado: el patrón presenta tu nómina en el tiempo correspondiente —semanal, quincenal, mensual—y ahí se refleja la cantidad que te está reteniendo por ISR. Esto aparecerá en tu declaración anual: los datos estarán pre-llenados y reflejarán cuánto ganaste y cuánto te retuvo tu patrón.
- Si eres una persona física con actividad empresarial que prestan un servicio profesional a una persona moral: en la factura que generas se desglosa el ISR retenido. Al hacer tu declaración anual del siguiente ejercicio (que se presenta cada mes de abril), deberás realizar un llenado con el RFC del retenedor (empresa), cuánto te pagó y cuánto te retuvo de ISR.
¿Qué pasa si tengo ISR retenido?
Recuerda que el ISR retenido es el impuesto que te “aplican o retienen” de tus pagos semanales, quincenales o mensuales como trabajador, y que como persona física independiente o persona moral que paga impuestos, se te retiene al generar ingresos.
Dependiendo el régimen en el que te encuentres como persona física, este ISR retenido puede ser recuperable o acreditable. Solamente recuerda que es importante confirmar tu régimen.
Dentro de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), existen varios apartados sobre cómo este impuesto es retenido para las personas físicas. Si perteneces a este grupo y recibes ingresos por tus servicios profesionales o tu empleo, es muy importante que conozcas esta ley.
Por ejemplo, el Artículo 106 de la LISR establece que: “las personas morales que reciban servicios por personas físicas deberán retener el 10% sobre el monto del pago que se les realice y deben proporcionar a los contribuyentes comprobante fiscal y constancia de la retención, dicha retención tendrá como motivo de pago provisional para efectos del cálculo de ISR de la persona física”.
¿Se puede recuperar el ISR retenido?
Tenemos buenas noticias: ¡sí el ISR retenido se puede recuperar! Recuerda que el ISR e ISR retenido son prácticamente lo mismo: un impuesto que por tener un ingreso es gravado según tu régimen.
Si, por ejemplo, eres persona asalariada o percibes un ingreso por asimilado, en tu declaración anual puedes recuperar algo de ese impuesto retenido en tu nómina. Para hacerlo, necesitas presentar tus deducciones personales generadas en el ejercicio inmediato anterior, y es importante que en tu declaración anual el resultado esté a favor para que puedas solicitar la devolución ante el SAT.
En el caso de personas físicas que prestan servicios profesionales independientes, ese impuesto retenido es acreditable a sus pagos provisionales que presentan mes con mes”, detalla la C.P. Gloria Islas.
Por otro lado, si estás bajo el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), la contadora nos comparte lo siguiente.
Si eres persona física con actividad empresarial y profesional, y perteneces al RESICO, por pagar un ISR mínimo durante el ejercicio anterior, el SAT no te da una devolución si tienes un resultado a favor en tu declaración anual”, explica la C.P. Gloria Islas.
Toma en cuenta que el ISR retenido no es un saldo a favor, es un impuesto. Dependiendo del régimen en el que te encuentres, podrás solicitar o no su devolución, si es que hay saldo a favor en tu declaración de impuestos.
¿Cómo saber si tengo un saldo a favor?
Cuando presentas tu declaración anual, el SAT hace el cálculo automático:
- Suma tus ingresos del año.
- Resta tus deducciones y retenciones.
- Determina si pagaste de más o de menos.
Si el resultado es positivo, significa que debes pagar. Pero si el resultado es negativo, el sistema te mostrará una leyenda que dice “saldo a favor”, indicando el monto que puedes solicitar en devolución o dejar a cuenta para futuras declaraciones.
¿Cómo solicitar la devolución del ISR retenido?
Este trámite es gratuito y puedes realizarlo de 2 maneras:
- En línea: realiza tu trámite en el área de Devoluciones y Compensaciones del portal del SAT. Necesitarás tu RFC, contraseña y e.firma (para el uso de la firma electrónica SAT es necesario Internet Explorer 10 o superior).
- Presencial: el SAT establece que si eres persona física que se ubica en el supuesto de no estar obligada a darte de alta en el Registro Federal de Contribuyentes y el monto de tu devolución es igual o menor a $10.000,00, debes acudir a cualquier Administración desconcentrada de servicios al contribuyente para que un asesor fiscal te apoye a registrar tu solicitud de devolución.
✅ Tip: acude a cualquier oficina del SAT o en los Módulos de Servicios Tributarios que ofrecen ese servicio, con previa cita.
¿Cuánto tarda en llegar la devolución del ISR retenido?
El tiempo que tarda depende de varios factores. Los plazos más comunes son:
Devolución automática
Si presentas tu declaración en tiempo y forma, con todos tus datos bancarios correctos (CLABE a tu nombre y activa) y sin inconsistencias, el SAT puede hacer la devolución de manera automática.
- Tiempo promedio: de 5 a 40 días hábiles después de presentar tu declaración.
Si usas la herramienta de “Declaración automática” del SAT (que incluye tus ingresos y retenciones precargadas), el proceso es más rápido.
Devolución manual o con revisión
Si el SAT detecta inconsistencias (por ejemplo, CLABE incorrecta, deducciones no comprobadas, retenciones mal registradas o diferencias en los datos de tus facturas), el proceso pasa a revisión manual.
- Tiempo promedio: puede tardar hasta 3 meses o más.
El SAT puede pedirte información adicional o comprobantes a través del Buzón Tributario.
ISR retenido vs. pago provisional
Los pagos provisionales son anticipos del ISR que el propio contribuyente calcula y declara directamente ante el SAT, de forma mensual o bimestral, según su régimen fiscal. Este mecanismo aplica, por ejemplo, para personas físicas con actividad empresarial o profesional, o para quienes tributan bajo el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).
A diferencia del ISR retenido, en los pagos provisionales no hay un tercero que descuente el impuesto: la persona contribuyente es responsable de calcularlo, declararlo y pagarlo.
| Concepto | ISR retenido | Pago provisional |
|---|---|---|
| ¿Quién lo paga? | Lo descuenta el patrón o empresa. | Lo declara directamente el contribuyente. |
| ¿Cuándo aplica? | Sueldos, honorarios, arrendamientos. | Actividades empresariales o profesionales. |
| ¿Se puede recuperar? | Sí, si hay saldo a favor. | También, si hay exceso pagado. |
¡Lo lograste! Después de muchísimo aprendizaje y una explicación profunda de una contadora pública experta, ya sabes qué es el ISR retenido, que sí puedes recuperarlo dependiendo tu régimen como persona física y, sobre todo, ¡cómo calcular el ISR retenido si eres un trabajador o tienes empleados en tu empresa!
De todas maneras, si te quedaste con alguna duda, recuerda: siempre es buena idea apoyarte en un contador o especialista fiscal para que aclare todas tus dudas y te ayude a que los impuestos no se vuelvan algo complicado.
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- ¿Qué es el ISR retenido?
- ¿Cómo calcular el ISR retenido y qué porcentaje aplica?
- ¿Qué es el ISR retenido no acreditable?
- ¿Qué pasa si no te retienen el ISR?
- ¿Cómo identificar el ISR retenido en la declaración anual?
- ¿Qué pasa si tengo ISR retenido?
- ¿Se puede recuperar el ISR retenido?
- ¿Cómo solicitar la devolución del ISR retenido?
- ISR retenido vs. pago provisional
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